Esta iniciativa es
precedida por nueve largos meses de trabajo con autoridades municipales,
entidades públicas y privadas, en múltiples encuentros de trabajo. La propuesta
será presentada por el alcalde provincial de Chucuito – Juli (Puno), Juan
Aguilar Olivera, a nombre de REMURPE.
En dicha propuesta de modificatoria se trabajaron cuatro ejes temáticos importantes: 1. La modificatoria al Título XI de la Ley Orgánica de Municipalidades referida a las municipalidades rurales; 2. El desarrollo económico local; 3. La participación ciudadana y la rendición de cuentas; 4. La Gestión del riesgo de Desastres Riesgos y Cambio Climático.
En el eje de las
Municipalidades Rurales, en relación a lo mandado por la Novena Disposición
Complementaria de la LOM, después de ocho años, se publicó la lista de
Municipalidades Rurales a nivel nacional, a través del Decreto Supremo N°
090 de la Secretaria de Descentralización de la PCM, se señala que
son mil trescientas tres (1303) municipalidades rurales en el país.
En la única
disposición complementaria de este Decreto Supremo, se señala que en un plazo
de treinta días se elaborará un proyecto de ley que modifique al Título XI
referido a las municipalidades rurales, en ese sentido, tomamos la iniciativa
de proponer un nuevo título para este régimen pues los municipios rurales
representan el 71% de municipalidades peruanas lo que implica que se
consideren varias especificaciones –como sus necesidades, costos y la magnitud
de actividades administrativas que manejan- en su reglamentación.
Solicitamos además
algunas especificaciones en torno a la educación rural, mayor financiamiento
para estas municipalidades rurales y la flexibilización del SNIP, criterios que
permitan la participación de los municipios más pequeños en el SNIP.
En relación al eje
referido al Desarrollo Económico Local, apuntamos fundamentalmente a la
modificatoria del Artículo Sexto del Título Preliminar, mediante la valoración
de la potencialidad del territorio y la señalización de las características
históricas, políticas, culturales, de recursos naturales; planteamos establecer
los criterios de competitividad de un municipio.
En el Artículo N°
36, a medida de reforma, enfatizamos la necesidad de fortalecer el
capital social en el territorio para la articulación de iniciativas económicas
del distrito, de la provincia y la región, a fin de que tengan un encadenamiento.
Demandamos la elaboración del Plan Estratégico de Desarrollo Rural a fin de que
éste sea el principal instrumento estratégico de planificación para todas las
zonas rurales del país y, finalmente, emplazamos se elabore de un plan de
desarrollo de capacidades y fortalecimiento de capacidades productivas en el
sector rural.
Sobre el eje
Participación Ciudadana, planteamos otorgar mayores facultades a los Consejos
de Coordinación Local -CCL para articular los procesos de planeamiento del
desarrollo y las instancias de concertación en el ámbito municipal. Asimismo,
instamos se precisen las relaciones entre los CCL y los otros espacios de
participación previstos en la Ley municipal, fortaleciendo el rol articulador
de los CCL puesto que en estos participan las autoridades municipales como los
representantes sociales elegidos entre las organizaciones sociales provinciales
o distritales, según corresponda.
En el eje de Gestión
del Riesgo de Desastres y Cambio Climático, concordamos la Ley 29664 que crea
el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres - SINAGERD. Incorporamos
en el Artículo N° 9, la implementación de la Política Nacional de la Gestión
del Riesgo de Desastre en el gobierno local como eje transversal de
gestión. Agregamos, en el Artículo N° 73, que se inserten en los
municipios instrumentos de planificación, así como los mecanismos que promuevan
una cultura preventiva. En ese sentido, vemos necesaria la creación de un ente
responsable de la gestión de riesgos y cambio climático.
En el Artículo N° 87,
especificamos las competencias de las autoridades en la gestión del riesgo de
desastres y solicitamos la aprobación de un presupuesto en caso de desastres.
La propuesta de
concordancia y modificatoria de la LOM en Gestión del Riesgo de Desastres se
trabajó directamente con el Centro Nacional de Estimación, Prevención y
Reducción del Riesgo de Desastres -CENEPRED que depende de la Presidencia del
Consejo de Ministros, producto de esta labor próximamente se firmó un convenio
interinstitucional para fortalecer el trabajo de los gobiernos locales en la
gestión de riesgos y desastres.
Finalmente, en
relación a la Ley de Mancomunidades, incluimos en nuestra propuesta de
Modificatoria de la Ley Orgánica de Municipalidades reformas para que las
mancomunidades promuevan la asociatividad en las circunscripciones regionales y
provinciales y a su vez incluyan la gestión del ordenamiento y
demarcación territorial así como la gestión de recursos hídricos.
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