La Presidencia
del Consejo de Ministros publicó
un Decreto Supremo en el que se establecen los días no laborables compensables
destinados a los trabajadores que presten servicios para el sector
público durante el 2013. Así, las horas dejadas de trabajar en los días no laborales serán
recuperadas en la semana posterior a la del día no laborable, o
como lo establezca cada dependencia pública.
Los días establecidos son lunes 11 y martes 12 de febrero, jueves 27 y viernes 28 de junio, martes 30 de julio, jueves 29 de agosto, lunes 7 de octubre, así como el lunes 30 y martes 31 de diciembre.
En tanto que en el sector privado, podrán acogerse a la norma previo
acuerdo entre el trabajador y empleador.
Según
refiere el documento publicado en el Diario El Peruano, dicha medida fue
adoptada por el Gobierno con el objetivo de promover
el desarrollo del turismo en el Perú.
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