El domingo 03 de febrero, en el Diario
Oficial El Peruano, fue publicada la Ley N° 29991 – Ley de Demarcación y Organización Territorial de la Provincia de Piura,
que en su Artículo 2° - Acción de Formalización – crea el distrito “Veintiséis de Octubre”, en la
provincia y departamento de Piura, cuya capital será el Asentamiento
Humano San
Martín, definiendo sus límites: Al Norte y al Este al distrito de Piura y al Oeste a la provincia de Sullana.
Martín, definiendo sus límites: Al Norte y al Este al distrito de Piura y al Oeste a la provincia de Sullana.
En la tercera disposición
complementaria se establece que será el Poder Ejecutivo el que se encargue de
dictar las normas para dotar de las autoridades político-administrativas al
nuevo distrito. Asimismo se encarga al Poder Judicial y al Ministerio Público
de asignar sus respectivos representantes en la flamante circunscripción
territorial. El Jurado Nacional de Elecciones deberá convocar al proceso
para elegir las autoridades municipales del nuevo distrito. Los entes
gubernamentales anteriormente citados tendrán que realizar dichas acciones
sujetándose a los presupuestos institucionales que tienen asignados, sin
demandar gastos adicionales al tesoro público.
Finalmente, en una disposición
complementaria transitoria, se asigna temporalmente a la Municipalidad
Provincial de Piura la administración y prestación de servicios del nuevo
distrito, hasta que éste no tenga sus autoridades elegidas e instaladas.
REMURPI Distrito 26 octubre Ley 29991
REMURPI Distrito 26 octubre Ley 29991
MUY BUEN OBRA ESA PARTE ESTABA ABANDONADO POR LA MUNICIPALIDAD DE PIURA
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